22 mar 2010

Autonomía y Código Territorial

Autonomía, según los autores del Código Territorial, es el derecho y la capacidad efectiva de regirse bajo la propia responsabilidad, pero en forma simulada. Ya que la idea de autonomía de Diana Atamaint, Guillermina Cruz, Paco Fierro, Gina Godoy, Virgilio Hernández, Paco Moncayo, Paola Pabón, José Picoita, Marllely Vásconez y Mery Verduga es aquella que se ejerce de manera “responsable y solidaria”. Obviamente, todos debemos entender el imperativo responsable y solidario, como sus autores o sucesores “ya que nos darán pesando”.

La autonomía política es impulsar formas de desarrollo acordes a la historia, cultura y características propias de la circunscripción territorial. ¿Quién explica que significa esto? ¿Permitirán una diversidad de voluntarios que lo haga, para no acabar con una diversidad recién valorada?

La autonomía en oferta incluye elecciones directas para que los autónomos ciudadanos definan a sus autoridades autonómicas mediante sufragio universal, directo y secreto; y, el ejercicio de la participación ciudadana. Por ventura todo estaría garantizado con la protección de predestinados organismos centralistas, ilustrados en esas materias.

La autonomía administrativa, sí se respeta. La entiendo como la atribución plena de dar trabajo a compañeros, conocidos y simpatizantes. Al menos, al alcalde lo dejan ser director de recursos humanos y a sus favorecidos no le pasará lo mismo que a Carlos Vera.

La autonomía financiera se expresa en el derecho de los gobiernos autónomos descentralizados de recibir de manera directa, predecible y sin condiciones, los recursos que les corresponden de su participación en el Presupuesto General de Estado. Obviamente, como ejemplo de esto no luce lo sucedido hasta ahora con los grandes municipios de Manabí. Portoviejo con 270 mil habitantes, 16 parroquias, superior extensión territorial, mayor NBI, es con apenas 61,53 dólares per capita, el cantón y capital provincial más maltratada. La comparación es urgente y necesaria: Santo Domingo de los Tsáchilas recibe 117,10 dólares por habitante, Ambato percibe 75,58 dólares y Machala recibe 73,75 dólares. Cuál es este genial método de distribución del Ministerio de Finanzas.

Con esto lo único directo, predecible e incondicional de la autonomía administrativa es la acción de los organismos nacionales de control para los inconformistas.

Está “autonomía” sí le garantiza a los autonomistas que tendrán guardianes, los cuales definirán lo que está o no prescrito por la Constitución y las leyes de la República en torno a la autonomía política, administrativa y financiera de los “gobiernos autónomos”.

Se trata de un arma centralista más sofisticada que intervenir en la ejecución de obras, privar de ingresos, cuestionar ordenanzas, utilizar bienes arbitrariamente, Interferir las competencias, nombrar, suspender o separar de sus cargos a las autoridades seccionales. Todo eso es efectivo (basta ver lo vapuleado que está el cautivo alcalde PSP, Dr. Humberto Guillem, otrora altivo autonomista) pero a estas alturas primitivo y del pasado, como un enjuiciamiento político por parte de la Función Legislativa.