3 abr 2010

No al Código Territorial

El proyecto de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), ordena la derogatoria de las siguientes disposiciones y leyes:

a) La Ley Orgánica de Régimen Municipal, Codificación 2005-016, publicada en el Suplemento al Registro Oficial Nº 159 de diciembre 5 de 2005.

b) La Ley Orgánica de Régimen Provincial, Codificación s/n publicada en el Registro Oficial º 288, de marzo 20 de 2001 y sus posteriores reformas;

c) La Ley Orgánica de Juntas Parroquiales Rurales; Nº 2000-29, publicada en el Registro Oficial Nº. 193, de octubre 27 de 2000 y la Ley reformatoria Nº 2005-9, publicada en el Registro Oficial Nº 105, de 16 de septiembre de 2005;

d) La Ley de Descentralización del Estado y Participación Social publicada en el Registro Oficial Nº 169 de octubre 8 de 1997, y su Reglamento, publicado en el Suplemento al Registro Oficial 349 de 18 de junio del 2001;

e) La Ley de Distribución del 15% del Presupuesto del Gobierno Central para los gobiernos seccionales, publicada en el Registro Oficial Nº 27 de 20 de marzo de 1997 y su reforma publicada en el Registro Oficial No 113 de 27 de junio de 2003;

f) La Ley 72 publicada en el Registro Oficial Nº 441 de 21 de Mayo de 1990 y su Reforma publicada en el Registro Oficial Nº 721, de 8 de julio de 1991;

g) El Decreto Legislativo s/ publicado en el R. O. º 113, de 24 de enero de 1980 que asigna Fondos Provenientes de la Explotación Petrolera para el desarrollo de los organismos seccionales;

h) El Decreto Supremo 223, publicado en el Registro Oficial Nº 57 de 1 de abril de 1976 que creó el Fondo de Desarrollo Municipal;

i) La Ley 122 publicada en el suplemento del Registro Oficial Nº 453 de 17 de marzo de 1983.

j) La Ley 46, publicada en el Registro Oficial Nº 281 de 22 de septiembre de 1989 y la Ley 36 reformatoria de la primera, publicada en el Registro Oficial º 232 de 13 de julio de 1999;

k) La Ley º 75 de Creación del Programa de Vialidad Rural de Manabí, publicada en el Registro Oficial Nº 455 de 11 de junio de 1990;

l) Ley 93 que crea el Fondo de Riego de la Provincia de Cotopaxi, publicada en el Registro Oficial Nº 501 de 16 de agosto de 1990;

m) La Ley 115 de Asignación de Fondos para obras en el Sector Agropecuario de la Provincia de Chimborazo, publicada en el registro Oficial Nº 612 de 28 de enero de 1999;

n) La Ley 146 publicada en el Registro Oficial No 899 de 23 de marzo de 1992 que crea el Fondo de Desarrollo de la Provincia del Carchi;

o) La Ley 145 publicada en el Registro Oficial Nº 899 de 23 de marzo de 1992,

p) Los artículos 3, 3-A y 4 de la Ley 122, publicada en el Registro Oficial º 676 de 3 de mayo de 1991;

q) El Decreto Supremo Nº 279, publicado en el Registro Oficial 272, de 26 de marzo de 1973;

r) El artículo 3 de la Ley 40, publicada en el suplemento del Registro Oficial Nº 248, de 7 de agosto de 1989;

s) La Ley Nº 395 crea el Fondo de Desarrollo Provincial, publicada en el Registro Oficial Nº 395 de 14 de marzo de 1990;

t) La Ley 57 publicada en el Registro Oficial Nº 344, de 28 de diciembre de 1986 y la ley reformatoria, s/n, publicada en el suplemento al Registro Oficial Nº 618, de 24 de enero de 1995, que crea el Fondo de Saneamiento Ambiental, Vialidad y Riego de la Provincia de El Oro;

u) La Ley de creación del Fondo de Salvamento del Patrimonio Cultural, publicada en el Registro Oficial Nº 638 de 23 de diciembre de 1997;

v) Los artículos 2 y 7 de la Ley Nº 92 Sustitutiva a la Ley de Creación del Fondo de Vialidad para la Provincia de Loja, FONDVIAL, publicada en el Registro Oficial Nº 335 de 9 de junio de 1998; y,
w) Todas las demás normas legales que sean contrarias al presente Código.

Las Disposiciones Reformatorias y Derogatorias del Cootad, cumplen la función principal de barrer la distribución de recursos. Los desencuentros entre los asambleístas (aquellos que sí saben defender a sus provincias), en este punto han sido públicos… ¿Qué dicen los asambleístas de Manabí?